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Si estás de alquiler esto te interesa

Aluvión de cartas de la AGENCIA TRiBUTARIA a inquilinos por las deducciones de alquiler ‼️

La Agencia Tributaria sospecha que muchos contribuyentes se han estado desgravando los alquileres de las viviendas irregularmente. Estos últimos días han aparecido miles y miles de cartas en muchos buzones.

Vamos a recordar los requisitos ESTATALES para la deducción de las cuotas de alquiler de vivienda habitual.
Desde 2015 la deducción desapareció. Sólo los contratos de arrendamiento firmados con anterioridad a 1 de enero de 2015 tendrán derecho a deducción si cumplen los siguientes requisitos;

✨VIVIENDA HABITUAL: para hacienda, la vivienda habitual es donde residimos habitualmente, estando empadronados por un mínimo de 3 años y donde habites la mayor parte del tiempo. Si el uso de la casa es diferente, como por ejemplo oficina o una segunda residencia, el inquilino no tendrá derecho a deducción (excepto en el caso que seas autónomo podrás deducirte (restarte) los gastos de alquiler en la actividad).


✨CONTRATO DE ALQUILER; debes figurar en el contrato de alquiler, sino, olvidate. ...Y si mi pareja consta en el contrato pero yontambién pago las cuotas? En este caso NO puedes deducirte el alquiler.
...Y si somos 5 inquilinos? Pues se dividirá la cuota total en 5, esa será tu parte a deducir en la renta.


✨BASE IMPONIBLE inferior a 24.020€ (es el resultado de sumar el salario bruto y los rendimientos dinerarios –el rendimiento de depósitos y otros productos, por ejemplo- y de restarle las deducciones del trabajo y otras deducciones que se pueden practicar en la declaración de la renta como las cuotas sindicales, las de colegios profesionales e incluso los pleitos laborales).

Por otro lado RECUERDA:


✨REVISA las deducciones autonómicas
✨GUARDA los resguardos de pago, si lo haces por transferencia tendras el justificante. Si lo haces en efectivo no olvides hacer firmar un justificante de recibo. Podéis hacerlo a mano.
✨si tu contrato ha sido renovado con posterioridad a 1 de enero de 2015 tienes derecho a deducción.



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